Viernes, 19 de octubre de 2018

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JEM recuerda que tiene facultades disciplinarias durante tramitación de enjuiciamiento

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Un comunicado del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), recuerda que tiene facultades disciplinarias durante la tramitación del Enjuiciamiento de Magistrados, Fiscales, Defensores y Agentes Síndicos, de conformidad con el Art. 28 de la Ley Nro. 3759/09.

“Por tanto podrá CALIFICAR la conducta de los denunciantes, acusadores o sus abogados patrocinantes, como litigantes de mala fe o de ejercicio abusivo del derecho imponiendo las sanciones previstas en el Código Procesal Civil y Código de organización judicial, y comunicando a la Corte Suprema de Justicia para la toma de razón respectiva”, subraya el documento.

Menciona finalmente que el JEM ha calificado la conducta de denunciantes y sus abogados patrocinantes en seis causas, que involucran a seis abogados, habiendo sido denunciados 19 jueces y fiscales.

Por otro lado, tras la sesión del pleno del Jurado, se rechazaron y archivaron 29 denuncias o investigaciones preliminares en contra de jueces y fiscales de diferentes puntos del país.