Comunicados  
     
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  Ante la sanción otorgada por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación al proyecto de ley “Por el cual se autoriza la incorporación al seguro social del instituto de previsión social a los magistrados, funcionarios y contratados de la Corte Suprema de Justicia y de los jubilados que hayan prestado servicios en dicha institución”, los gremios de magistrados, jueces, funcionarios y contratados del Poder Judicial, manifestamos a la opinión pública cuanto sigue:

1.- Que, los funcionarios, contratados, magistrados y jueces, defensores públicos y jubilados del Poder Judicial manifestamos nuestra satisfacción y contento con la media sanción otorgada por la Cámara de Diputados al proyecto de ley de inclusión de magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial al Seguro Médico Hospitalario del Instituto de Previsión Social, el cual prevé únicamente la atención de salud y prestaciones accesorias, no así el seguro jubilatorio.-

2.- Que, los integrantes del Poder Judicial, trabajadores en relación de dependencia del Estado y proveedores del servicio de justicia, nos hallamos privados de cualquier tipo de prestación o cobertura de salud facilitado por el mismo Estado al cual servimos.-

3.- Que, los sectores referidos precedentemente, por la naturaleza de las labores que realizamos, estamos expuestos a situaciones de quebrantamiento de nuestra salud, tanto física como psicológica.-

4.- Que, el único servicio de salud de cobertura amplia, para la atención integral de la salud, es el proveído por el Instituto de Previsión Social, el cual asiste, no sólo al titular del seguro sino a toda su familia de todo tipo de contingencia social.

5.- Que, en nuestro país, la cobertura de salud brindada por el Instituto de Previsión Social se constituye en el mejor medio para llevar tranquilidad a los funcionarios y magistrados judiciales y a sus familias, puesto que el mismo se trata de un servicio que garantiza la conservación y recuperación de la salud de sus asegurados.

6.- Que, la Constitución Nacional, en su Art. 95 establece “El sistema obligatorio e integral de seguridad social para el trabajador dependiente y su familia…” y que “Se promoverá su extensión a todos los sectores de la población”. Y a continuación, en el Art. 102 consagra “Los funcionarios y empleados públicos gozan de los derechos establecidos en esta Constitución en la sección de derechos laborales…”.-

7.- Que, los gremios de funcionarios y magistrados judiciales consideramos sumamente trascendental y necesario la implementación del Seguro Médico proveído por el Instituto de Previsión Social para los integrantes del Poder Judicial de toda la República.

8.- En vistas a la consecución de dicho objetivo, los operadores de justicia, nos comprometemos a realizar las gestiones que fueren necesarias ante las instancias correspondientes, para el logro de la aprobación pertinente del anteproyecto de ley de referencia.-

Los diferentes gremios valoran la actitud positiva de las autoridades superiores del I.P.S. al comprometerse a hacer realidad el importante y noble objetivo, del seguro medico.

Que, los integrantes de las distintas agremiaciones firmantes expresan su reconocimiento a la Cámara de Diputados de la República, y en especial a la Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social del mismo cuerpo por constituirse en caja de resonancia de mas de 8.000 componentes de la familia judicial que accederían a dichos beneficios.

Confiamos en la inteligencia de nuestros Senadores en el sentido de resolver favorablemente la ansiada necesidad de nuestros gremios y así, realizar la concreción de nuestros objetivos, en relación a la cobertura integral de la salud de la familia judicial.-

 
 

 

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